Proyecto: Creación por Resolución de INAES de un Fondo para otorgar Créditos/Subsidios a Cooperativas enmarcadas en la Ley 341/964 de Autogestión para la Vivienda.
Modalidad para el otorgamiento de CRÉDITOS
Fundamentos:
Dado que:
a) Las cooperativas autogestionarias cuyos beneficiados son sus propios asociados y no terceros, no generan retorno y cuentan solamente con los fondos generados por el pago de cuotas de los asociados;
b) El Instituto de Vivienda de la Ciudad no paga los gastos previos, como ser desratización, estudio de suelos, cálculo estructural, anticipos de honorarios profesionales, ploteos, certificaciones, etc., sino contra aprobación de factura, trámite para el que el IVC demora entre 40 y 180 días y del mismo modo, durante la Etapa de Obra paga las certificaciones entre 30 y 40 días después de presentadas;
c) Que los proveedores de tales servicios los cobran un anticipo antes de comenzar el trabajo y el resto al finalizarlo;
d) Ello deriva en constantes retrasos, discontinuidad en el avance de los proyectos de las cooperativas, que no solo se deben hacerse cargo de los gastos administrativos de la organización sino además del pago de todos los gastos mencionados;
e) Y que muchas veces esos retrasos son utilizados como argumentos desde el Directorio del IVC para no incluirlas en cálculo del presupuesto anual.
Se hace indispensable la creación de un fondo para créditos que posibilite que las cooperativas soliciten el mismo en el momento previo a presentar la factura al IVC, se les otorgue entre 3 y 10 días corridos a partir de haber sido solicitado y lo devuelvan en el momento en que el IVC efectivice el pago.
Objetivo:
Que las Cooperativas Autogestionarias de Vivienda, enmarcadas en la Ley 341/964 puedan acceder a créditos que les permitan abonar Gastos previos y Certificados de Obra en el mismo momento que contratan el servicio, pudiendo así dar continuidad y celeridad al avance del proyecto.
Montos:
Teniendo en cuenta el desarrollo de los proyectos en 3 Etapas, a saber: Búsqueda y compra de terreno, Etapa de Proyecto y Etapa de Obra; y que durante esas etapas y según las características de cada entidad (número asociados, tipo de proyecto, etc.) los gastos son muy variables, se sugiere:
Créditos de entre pesos cinco mil ($ 5.000.-) y pesos treinta mil ($ 30.000) para gastos que se realicen entre la escrituración del terreno y la finalización de la Etapa de Proyecto.
Créditos de entre pesos treinta mil ($ 30.000.-) y pesos ochenta mil ($ 80.000.-) para Certificaciones y gastos desde el comienzo de la Etapa de Obra, hasta el Final de Obra.
Modalidad:
Los créditos se solicitarán contra presentación de factura pro forma o presupuesto del trabajo o servicio para el que se solicita el crédito y serán otorgados entre 3 y 10 días corridos a partir de que han sido solicitados.
En el momento que la factura sea presentada en el IVC para su reintegro, se adjuntará una copia de la misma, con correspondiente número de Nota del IVC, a la factura pro forma o presupuesto presentado en el INAES. (Ello permitirá que en el INAES puedan estar al tanto del curso de la nota en el IVC).
Los créditos se reembolsarán en su totalidad al INAES en su totalidad y en efectivo entre 48 y 72 horas posteriores a que el IVC haya depositado el monto correspondiente en la cuenta de la cooperativa.
Una vez abonada la totalidad del crédito solicitado las entidades estarán en condiciones de solicitar otro crédito, siempre y cuando hayan demostrado responsabilidad en la utilización, administración y devolución del crédito anterior.
No se podrán solicitar créditos para: Pago de señas a inmobiliarias; todos los gastos administrativos de la cooperativa, incluidos Balances; apertura y/o mantenimiento de cuenta bancaria; todo otro gasto que deba afrontar por Ley 20.337 la cooperativa y cuyo pago deba efectuarse con los fondos resultantes del desembolso de cuotas de sus asociados y trabajos o servicios cuya devolución no esté garantizada por el reintegro del mismo por parte del IVC.
Requisitos:
Podrán acceder al crédito las cooperativas que:
Al momento de solicitarlo se encuentren con toda su documentación administrativa y contable al día, a saber: Inventario y Balances, Presentaciones de IB y Ganancias, Asambleas Generales ordinarias, etc.
Hayan abonado en tiempo y forma créditos anteriormente solicitados.
Sanciones: (Corresponde decidirlas al INAES)
Órgano de otorgamiento y administración de los créditos:
Comisión (o Secretaría o Dirección) de Vivienda del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Nota: Todos los tiempos mencionados en este proyecto son manejados arbitrariamente por los funcionarios y pueden variar hasta llegar al extremo de 180 días o más, ocasionándole perjuicios irreparables a las organizaciones que pueden llegar a afrontar procesos judiciales por incumplimiento de contratos y originando gastos por recontrataciones que no se ven contemplados en el monto de crédito original otorgado.
domingo, 26 de abril de 2009
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